Permiso coche B
¿Qué puedo conducir con el permiso B?
El permiso de conducir de la clase B autoriza a la conducción de automóviles cuya masa máxima autorizada (MMA) no exceda de 3.500 kg, que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros, además del conductor (nueve personas en total, como máximo). Esto incluye turismos, furgones y camiones, dentro de los parámetros establecidos.
Estos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya MMA no exceda de 750 kg, conocidos como remolques ligeros, sin que sea necesario ningún otro permiso de conducir. A partir de esa MMA, podemos encontrar varios escenarios.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg. En este caso, se hace necesaria la obtención de la autorización B-96.
Finalmente, si la MMA del conjunto resulta superior a 4.250 kg, se hace necesaria la obtención del permiso B+E, que autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso B y un remolque o semirremolque cuya MMA no exceda de 3.500 kg.
Vehículos de 2 y 3 ruedas
El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir ciertos vehículos de dos y tres ruedas, así como algunos vehículos de cuatro ruedas que se asimilan a los anteriores. Es el caso de los siguientes.
Motocicletas de 125 cc. Aunque el permiso B no supone la concesión del permiso A1, sí que autoriza para la conducción de las motos del permiso A1, es decir, aquellas motocicletas que cuenten con una cilindrada máxima de 125 cc, desarrollen una potencia máxima de 11 kW (15 CV aproximadamente) y no tengan una relación potencia/masa superior a 0,1 kW/kg. Esta concesión es válida sólo cuando el conductor tiene una antigüedad del permiso B de al menos tres años, y únicamente en territorio español.
Ciclomotores de dos y tres ruedas, y también cuatriciclos ligeros (conocidos popularmente como coches sin carnet), así como vehículos para personas con movilidad reducida, que se consideran englobados en un mismo grupo.
Triciclos y cuatriciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo es de 18 años cumplidos. No obstante, hasta los 21 años no se permite conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW (aproximadamente 20 CV).